viernes, 22 de mayo de 2015

Con la Jurisprudencia y Plenos Casatorios, El Derecho Civil se mantiene vivo,


La jurisprudencia se ha constituido desde hace varios años en el principal motor del desarrollo del derecho civil peruano, convirtiéndolo en una rama jurídica de mucha vigencia.
Por ende, conviene ya replantear sus instituciones reguladas normativamente e incorporar legislativamente otras figuras que son de mucha utilidad para preservar la dignidad del ser humano, impulsar las inversiones y mejorar la relación de las personas con los bienes y/o objetos, manifestó el especialista en derecho civil Enrique Varsi Rospigliosi
A su criterio, estos significan los grandes ámbitos a los cuales debe orientarse siempre el derecho civil.

Cambios
A 30 años de vigencia del Código Civil peruano solo cerca del 15% se ha modificado, reglamentado y derogado mediante disposiciones normativas, detalló el especialista.
El grueso de los cambios introducidos al mismo se ha efectuado por intermedio de criterios jurisprudenciales, refirió.
Vale decir, por decisiones de la máxima instancia judicial del país que no aplica o interpreta determinado artículo del citado cuerpo legislativo, por plenos casatorios y por sentencias del Tribunal Constitucional (TC).
En opinión de Varsi, esto convierte al derecho civil en un “derecho vivo”, sujeto a un constante análisis reflexivo de la judicatura y a un estudio incluso en el ámbito doctrinario.

Planteamientos
En este escenario, considera necesario revisar todo lo concerniente al derecho de los contratos contenido en el mencionado código, teniendo en cuenta que las relaciones contractuales han variado en su esencia y que existen los denominados contratos vinculados, no regulados por normas expresas. Hoy, la regla del derecho de finanzas es mantener contratos amarrados para lograr el financiamiento de grandes operaciones y el derecho civil debe proteger al sistema financiero y a los usuarios, agregó.
En su opinión, resulta importantísimo, además, redefinir el tratamiento de los derechos reales. Así, sugiere regular la propiedad superficiaria, la reserva de aires y la compraventa de cuotas.
Considera necesario, también, permitir la cesión de la superficie y la transmisión parcial de esta última. A su juicio, el derecho civil se encarga de regular la vida doméstica y cotidiana de los sujetos, los que a diario se relacionan entre sí y de modo constante con los objetos.
Jurisprudencia relevante
El TC, por ejemplo, en su sentencia en el Expediente N° 00782-2013-PA/TC interpretó que los jueces deberán rechazar el pago de la indemnización en las demandas de divorcio por causal de separación de hecho si el cónyuge perjudicado nunca denunció algún perjuicio o cuando no haya pruebas en ese sentido. Según este colegiado, tampoco procederá dicho pago si el interesado renunció expresamente a la pretensión o fue declarado en rebeldía. Varsi opinó que con este fallo el TC fija su posición respecto al artículo 345-A del Código Civil bajo un análisis constitucional. Sin embargo, acotó que todo esto ya se había debatido antes en muchos plenos jurisdiccionales de familia. A su criterio, no siempre hay un perjuicio en los casos de separación de hecho.
Tratado
Varsi se encuentra elaborando el primer tomo de su tratado sobre derechos reales que formará parte de su Tratado de Derecho Civil, cuyos cinco primeros volúmenes ya presentó y en los cuales abordó los temas vinculados al derechos de familia y el derecho de las personas.
En el primer tomo de su tratado de derechos reales, Varsi analizará la gran teoría de los bienes y las cosas.
Desarrollará, además, las teorías de los derechos reales y del objeto del derecho, los principios generales que inspiran los derechos reales y las acciones reales.
Fuente: El Peruano

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